Emiten fallo histórico en caso de maltrato animal en Chihuahua: esto se sabe

En un fallo histórico, un Tribunal Federal otorgó acceso a la carpeta de investigación a una ciudadana denunciante, al reconocer su calidad de víctima indirecta en un caso de maltrato animal contra más de 200 perros en Chihuahua.

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El Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, con sede en Chihuahua, concedió una suspensión provisional que permite a una ciudadana acceder a la carpeta de investigación y ser reconocida como víctima indirecta en un caso de maltrato animal cometido en la asociación civil “Ayudar por Ayudar”.

La decisión, dictada por la magistrada Nancy Elizabeth Sánchez Corona en el recurso de queja penal 268/2025, se considera un avance sin precedentes en el reconocimiento de los derechos procesales de quienes promueven denuncias por afectaciones al medio ambiente y a los seres sintientes.

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Más de un año sin avances: omisiones y negativas de la autoridad

Desde el 12 de marzo de 2024, la denunciante presentó una querella ante la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, motivada por la difusión de imágenes de perros muertos y en condiciones deplorables en redes sociales.

Durante los 16 meses posteriores, se documentaron diversas omisiones por parte de las autoridades, como la falta de inspecciones veterinarias, la negativa a entregar copia certificada de la carpeta de investigación y la ausencia de actos que impulsaran el esclarecimiento de los hechos. La denunciante fue excluida bajo el argumento de no tener la calidad de parte en el procedimiento.

Fundamento legal: acceso a la justicia ambiental y penal

El fallo se basa en múltiples preceptos legales que reconocen el vínculo entre el maltrato animal y el derecho humano a un medio ambiente sano. Entre los elementos jurídicos citados están:

  • Artículo 4° constitucional, sobre el derecho a un medio ambiente sano.
  • Acuerdo de Escazú, que garantiza el acceso a la justicia ambiental.
  • Artículo 364 del Código Penal de Chihuahua, que tipifica el maltrato animal como delito oficioso.
  • Jurisprudencias recientes de la Suprema Corte, que amplían el concepto de víctima indirecta y refuerzan la participación ciudadana ante omisiones del Ministerio Público.

El tribunal advierte peligro de daño irreparable

En su resolución, el órgano colegiado advirtió que negar la calidad de víctima impediría a la denunciante impugnar un eventual cierre de la investigación, lo que representaría un riesgo de daño irreparable al derecho colectivo a un medio ambiente sano y a la integridad de los animales.

El tribunal también consideró que la denunciante actuó con diligencia, ha promovido diligencias judiciales y representa un interés activo en la protección de los derechos fundamentales afectados.

Impacto jurídico y precedente nacional

Este fallo sienta un precedente importante para el acceso a la justicia en casos de crueldad animal. Entre sus principales implicaciones destacan:

  1. Reconoce judicialmente que el maltrato animal afecta derechos humanos colectivos.
  2. Amplía el concepto de víctima indirecta, más allá del daño económico o familiar, hacia la protección ambiental.
  3. Refuerza la obligación del Ministerio Público de actuar ante denuncias ciudadanas.
  4. Establece el deber de control judicial sobre omisiones institucionales en casos de interés público.
  5. Legitima la participación ciudadana en investigaciones penales con afectaciones difusas.

Frase clave de la resolución

Considerar que la denunciante no tiene el carácter de víctima indirecta implicaría dejar en indefensión no solo a los directamente afectados, que son los animales, sino también al derecho humano a un medio ambiente sano”.

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