Una reciente modificación al Código Fiscal de la Federación faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a supervisar de manera continua los datos de servicios digitales. Esto abarca aplicaciones de streaming como Netflix, Amazon Prime o HBO Max, así como apps de citas como Tinder o Bumble.
El artículo 30-B establece que la autoridad fiscal podrá acceder de forma permanente y en tiempo real a información relacionada con suscripciones, transacciones, facturación y otros registros operativos, con el objetivo de optimizar la recaudación y el control fiscal.
Cómo afectará a plataformas y usuarios
Las empresas que ofrecen servicios digitales deberán permitir que el SAT consulte sus sistemas de manera continua. El incumplimiento podría derivar en el bloqueo temporal del servicio, impidiendo que los usuarios accedan a sus cuentas y contenidos mientras se restablece el acceso.
Para los consumidores, esto significa que incluso con una suscripción activa, podrían enfrentar interrupciones en el servicio de manera repentina.
Riesgos para la privacidad y libertad de expresión
Organizaciones como Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y Artículo 19 han advertido que el acceso permanente y en tiempo real representa una “interferencia desproporcionada en los derechos de la ciudadanía”, al permitir la vigilancia constante sin necesidad de justificar motivos específicos.
Asimismo, señalan que la medida carece de salvaguardas judiciales suficientes para prevenir intrusiones arbitrarias, poniendo en riesgo la privacidad y la protección de datos personales.
Bloqueos de plataformas y censura indirecta
La sanción de bloqueo temporal de plataformas que no cumplan con la normativa también preocupa a expertos en derechos digitales. R3D advierte que podría considerarse una forma de censura indirecta, al limitar la libertad de expresión y el acceso a contenido digital para los usuarios.
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