Falso que exista sentencia de prisión contra quien difundió video íntimo de policías

No existe sentencia de seis años de prisión contra quien difundió el video íntimo de policías en la CDMX; autoridades y colectivos llaman a combatir la violencia digital.

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En redes sociales circula la versión de que una persona fue sentenciada a seis años de prisión por difundir un video íntimo de dos policías de la Ciudad de México a bordo de una patrulla. Sin embargo, esta información es falsa, pues no existe registro oficial de que se haya dictado una condena en este caso.

La publicación que originó la confusión ha alcanzado miles de interacciones en Facebook y X (antes Twitter), asegurando que la supuesta condena se aplicó bajo la Ley Olimpia. No obstante, ni la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) ni la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) han emitido comunicados confirmando tal sentencia.

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Colectivo Olimpia denuncia violencia digital en la divulgación del video

El colectivo Olimpia, impulsor de las reformas que integran la Ley Olimpia, señaló que la difusión del video vulnera la intimidad sexual de las personas involucradas y constituye violencia digital, aun tratándose de servidores públicos.

En un comunicado publicado en X, el movimiento destacó que, si bien pueden existir sanciones administrativas para los policías por el uso inadecuado de la patrulla o por realizar actos inapropiados en horario laboral, esto no justifica la exposición pública ni el linchamiento mediático, especialmente hacia la mujer que aparece en la grabación.

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La SSC emitió una tarjeta informativa el 5 de agosto en la que confirmó que los elementos involucrados ya fueron identificados y citados para rendir su declaración, iniciándose una carpeta de investigación administrativa interna. La dependencia reiteró que no tolerará conductas contrarias a los protocolos policiales.

En cuanto a la parte legal, el artículo 181 Quintus del Código Penal de la Ciudad de México establece que grabar o difundir contenido sexual íntimo sin consentimiento es un delito contra la intimidad sexual, con penas de cuatro a seis años de prisión y multas que, en 2025, oscilan entre 56 mil 570 y 113 mil 140 pesos.

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Aunque en este caso no se ha dictado sentencia, la ley contempla sanciones severas para la grabación y divulgación no autorizada de material sexual. Las autoridades recomiendan denunciar cualquier acto de violencia digital ante la Fiscalía para su investigación correspondiente.

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