Con la cercanía de las festividades de Día de Muertos, miles de empleados en México comienzan a planificar sus días laborales y surgen dudas sobre si los días 1 y 2 de noviembre son considerados oficiales para descanso. La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece reglas claras sobre los feriados y el pago de salarios en días conmemorativos, por lo que es importante conocer la norma antes de asumir beneficios o descuentos por trabajar.
De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, los días oficiales de descanso obligatorio incluyen fechas como el 1 de enero, 1 de mayo, 16 de septiembre y el tercer lunes de noviembre por la Revolución Mexicana. Ni el 1 de noviembre (Día de Todos los Santos) ni el 2 de noviembre (Día de los Fieles Difuntos) aparecen en esta lista, por lo que no son feriados oficiales. Esto significa que las empresas pueden operar con normalidad y los trabajadores recibirán su salario habitual si laboran esos días, sin obligación legal de pago extra, salvo que exista un convenio individual, contrato colectivo o política interna que lo indique.
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Qué ocurre en los días festivos oficiales
En contraste, si un empleado labora en un día de descanso obligatorio señalado en la LFT, el artículo 75 establece que debe recibir el salario normal más el doble, es decir, tres veces el pago diario si coincide con su descanso habitual. Además, si el feriado cae en domingo, se agrega la prima dominical del 25% sobre el salario ordinario.
Por ejemplo, si el 16 de septiembre o el 25 de diciembre caen en domingo y el trabajador presta sus servicios, recibirá tres veces su sueldo diario más la prima correspondiente. Esta regulación asegura que los trabajadores no pierdan ingresos por prestar servicios en fechas de descanso oficial.
En caso de inconformidad o incumplimiento por parte del empleador, los trabajadores pueden acudir con las autoridades correspondientes para recibir asesoría gratuita sobre sus derechos y orientación sobre cómo proceder ante situaciones de incumplimiento laboral.
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