Tras un recurso de apelación, la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia (FEM) obtuvo una sentencia de 54 años de prisión contra Javier Arturo R. B., por los delitos de secuestro, lesiones agravadas y violencia familiar.
La resolución fue modificada por una Segunda Instancia, luego de que la FEM impugnara una sentencia dictada en julio de 2025, en la que el acusado había recibido una pena de nueve años y medio de prisión y se había determinado que no se acreditaba el delito de secuestro.
Quizás te interese: ¡Se viene otro megapuente! Estas son las fechas de descanso que quedan en 2026
Revocan absolución por secuestro y elevan la condena
De acuerdo con la información presentada durante el juicio oral, los hechos ocurrieron entre el primero y el ocho de septiembre de 2023, en una vivienda de la colonia Cordilleras, en la ciudad de Chihuahua.
El Ministerio Público presentó periciales, testimoniales y partes informativos para acreditar la responsabilidad penal del acusado, quien presuntamente ejerció violencia física, psicológica y sexual contra la víctima, además de mantenerla retenida contra su voluntad dentro del domicilio.
En julio de 2025, Javier Arturo R. B. había sido sentenciado a nueve años y medio de prisión únicamente por los delitos de violencia familiar y lesiones agravadas.
Sin embargo, la FEM interpuso un recurso al considerar que la resolución no correspondía con lo acreditado durante el juicio oral. La representación social también cuestionó el criterio mediante el cual se determinó que no había existido secuestro ni privación de la libertad.
Víctima permaneció cautiva
La Fiscalía sostuvo que la víctima permaneció cautiva durante varios días, con su radio de movimiento impedido, hasta que familiares lograron auxiliarla para salir de la vivienda.
Al analizar el recurso, la Segunda Instancia revocó la decisión de absolución por el delito de secuestro y modificó la sentencia.
Como resultado, se dictó una condena de 54 años de prisión, al considerar elementos relacionados con el bien jurídico afectado, la naturaleza dolosa de la conducta, los medios empleados y las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
📲 ¡Síguenos en nuestro canal de difusión de WhatsApp! —> Solo da clic aquí
Y para esta y más información, síguenos también en nuestras múltiples redes sociales: en Facebook nos encuentras como Azteca Chihuahua , vía Twitter @aztecachihuahua . Instagram como @tvaztecachihuahua y TikTok @tvaztecachihuahua o también visita más notas en nuestro sitio web www.aztecachihuahua.com













