El proceso penal contra Andrés A. M., de 78 años, apenas comienza, pero la acusación por homicidio calificado y lesiones abre la posibilidad de una condena de varios años de prisión en caso de que la Fiscalía General del Estado consiga demostrar su responsabilidad en los acontecimiento ocurridos en el municipio de Julimes, más allá de toda duda razonable.
Los hechos investigados ocurrieron el 6 de agosto, donde perdió la vida Armando O. M., de 62 años, mientras que Isaac O. M., de 34 años, resultó lesionado. El imputado fue detenido un día después en la localidad de Orinda, municipio de Rosales, mediante una orden de aprehensión.
Durante la audiencia inicial del 12 de agosto, un juez impuso la prisión preventiva mientras continúa el procedimiento. Sin embargo, esta medida cautelar no significa que Andrés A. M. haya sido declarado culpable.
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¿Cuántos años de cárcel contempla Chihuahua por homicidio calificado?
La respuesta depende de qué modalidad de homicidio calificado consiga acreditar el Ministerio Público.
El Código Penal del Estado de Chihuahua establece que el homicidio simple tiene una pena de 12 a 25 años de prisión.
Pero cuando existen determinadas circunstancias que convierten el delito en homicidio calificado, las sanciones aumentan considerablemente.
El artículo 127 contempla una pena de 25 a 50 años de prisión para los casos de homicidio calificado cometidos bajo algunas de las circunstancias previstas en el artículo 136, entre ellas premeditación, ventaja, traición, alevosía o saña.
Por ello, si Andrés A. M. fuera declarado responsable de homicidio calificado y se acreditara una de esas calificativas, el rango de referencia sería de 25 a 50 años de prisión.
¿Puede llegar la pena hasta 70 años o prisión vitalicia?
Sí, pero no en cualquier supuesto de homicidio calificado.
El mismo artículo 127 establece un rango de 50 a 70 años de prisión o prisión vitalicia cuando el homicidio calificado se comete bajo determinadas circunstancias específicas contempladas en otras fracciones del artículo 136.
Entre ellas se encuentran, por ejemplo, determinados supuestos relacionados con el medio empleado, exposición o alteración del cuerpo, estado de indefensión y otras circunstancias expresamente señaladas por la legislación.
Con la información disponible sobre el caso de Julimes no sería correcto afirmar que Andrés A. M. enfrentaría automáticamente una pena de hasta 70 años o prisión vitalicia. Para llegar a ese rango tendría que acreditarse ante el tribunal una de las circunstancias que la ley contempla para esa penalidad.
¿Cuántos años podría sumar por las lesiones?
Además del homicidio, la Fiscalía imputó a Andrés A. M. por las lesiones ocasionadas a Isaac O. M., de 34 años.
El Código Penal de Chihuahua establece diferentes penas según la gravedad de las lesiones. Por ejemplo, pueden ir desde seis meses hasta dos años cuando tardan en sanar más de 15 días pero menos de 60; de dos a tres años y seis meses cuando superan los 60 días; y pueden alcanzar tres a siete años cuando provocan la pérdida de una función, órgano, miembro o facultad, una enfermedad incurable o una deformidad incorregible. También contempla de tres a seis años cuando las lesiones ponen en peligro la vida.
Además, si las lesiones son calificadas, la pena correspondiente se incrementa en una mitad, de acuerdo con el artículo 133.
Por tanto, la pena que eventualmente corresponda por las lesiones dependerá del dictamen médico y de la clasificación jurídica que finalmente determine el tribunal.
¿Se sumarían automáticamente las penas por homicidio y lesiones?
No es posible determinarlo únicamente con la imputación actual.
El Código Penal contempla reglas específicas para los casos de concurso de delitos, es decir, cuando una misma conducta o varias conductas generan más de un delito.
Además, la legislación establece que, como regla general, la prisión temporal no puede superar los 70 años, aunque existen supuestos especiales previstos expresamente por el propio Código.
Por ello, sería incorrecto simplemente sumar el máximo del homicidio calificado más el máximo de las lesiones y presentar esa cifra como la posible condena. El tribunal tendría que determinar primero qué delitos se acreditan, bajo qué modalidad y qué reglas de concurso resultan aplicables.
¿Qué pasará con Andrés A. M. el 17 de agosto?
El siguiente punto clave del proceso será la audiencia programada para el lunes 17 de agosto a las 10:00 horas.
En esa diligencia se determinará si existen elementos suficientes para vincular a proceso al imputado por los delitos que le atribuye la Fiscalía.
La vinculación tampoco equivale a una sentencia. El proceso tendría que continuar hasta que, eventualmente, un tribunal determine si existe responsabilidad penal y, en caso de una condena, establezca la pena concreta tomando en cuenta las circunstancias del caso.
Por ahora, Andrés A. M. mantiene la calidad de imputado y goza de la presunción de inocencia.
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