La Fiscalía de Distrito Zona Centro informó que un tribunal de segunda instancia ratificó la prisión preventiva impuesta a Edgar Eugenio G. L., quien enfrenta un proceso penal por los presuntos delitos de violación agravada y abuso sexual agravado contra tres menores de entre 8 y 16 años de edad en la ciudad de Chihuahua. La resolución se emitió tras la apelación promovida por la defensa del imputado, al considerar la autoridad judicial que la medida debe mantenerse para proteger a las víctimas y garantizar el desarrollo del proceso.
¿Por qué se confirmó la prisión preventiva del imputado?
La Fiscalía explicó que la defensa del acusado impugnó la resolución emitida inicialmente por un Juez de Control del Distrito Judicial Morelos, argumentando que la medida cautelar no era procedente.
No obstante, durante la revisión del recurso, la autoridad judicial analizó los argumentos presentados por el Ministerio Público de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Libertad y la Seguridad Sexual y contra la Familia, concluyendo que la prisión preventiva debía permanecer vigente debido al riesgo que representaría el imputado para las víctimas y la sociedad.
¿Qué señala la investigación del caso?
De acuerdo con la Fiscalía, el hombre permanece vinculado a proceso como probable responsable de hechos presuntamente cometidos en un domicilio ubicado sobre la calle 80, en la colonia Cerro de la Cruz, en la ciudad de Chihuahua.
La carpeta de investigación refiere que las presuntas víctimas son tres menores de edad cuyas edades oscilan entre los 8 y los 16 años. Por tratarse de un caso que involucra a personas menores de edad, las autoridades mantienen bajo reserva información adicional para proteger su identidad.
Autoridades llaman a denunciar si existen más posibles víctimas
Como parte de la resolución, la autoridad jurisdiccional hizo un llamado para que cualquier persona que considere haber sido víctima del imputado acuda ante el Ministerio Público a presentar la denuncia correspondiente.
La Fiscalía indicó que el seguimiento de las medidas cautelares forma parte de las acciones para garantizar el adecuado desarrollo del proceso penal, mientras continúan las diligencias relacionadas con el caso.
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